Fines

El objetivo principal de la Fundación es la protección jurídica y social de las personas mayores de edad y en situación de desamparo que tengan su capacidad de obrar modificada o que se encuentren incursas en un proceso judicial de modificación de su capacidad de obrar, a través del ejercicio de la tutela, curatela, defensa judicial o administración de bienes.

Tal objetivo se logrará mediante el cumplimiento de los fines de interés general que aparecen recogidos en el artículo 6 de los estatutos de la Fundación:

  1. 1 La protección jurídica, patrimonial y social de las personas mayores de edad con la capacidad de obrar modificada o incursas en un proceso judicial de modificación de la capacidad de obrar, que se encuentren en situación de desamparo, mediante:
    • a) La atención y el ejercicio de la tutela y curatela encomendadas a la Fundación por la autoridad judicial.
    • b) La asunción de defensas judiciales en los procesos de modificación de la capacidad de obrar, así como el ejercicio de cuantas funciones determine la autoridad judicial en medidas provisionales de defensa y protección personal y patrimonial de las personas con la capacidad de obrar modificada y en situación de desamparo.
    • c) Administrar los bienes de la persona tutelada, de conformidad con lo dispuesto por la autoridad judicial, actuando en su beneficio bajo los principios de prudencia, conservación y mejora de acuerdo con lo previsto en el Código Civil.
  2. 2 Facilitar el acceso a las actividades de asistencia, prevención, rehabilitación, reinserción, integración socio- laboral y formación, que favorezcan su integración en la comunidad.
  3. 3 Promover la realización, directa o indirectamente, de programas que faciliten el desarrollo social de las personas tuteladas.
  4. 4 Orientar y asesorar a las personas que ejerzan funciones tutelares y, en general, a todas aquellas personas que demanden información.
  5. 5 Participar en la formación de profesionales relacionados con los servicios sociales de atención a las persoas con capacidad de obrar limitada.
  6. 6 Fomentar actividades de carácter educativo, técnico, científico y cultural en el ámbito de la protección jurídica y social de las personas mayores de edad con la capacidad de obrar modificada.
  7. 7 Impulsar actividades de divulgación y sensibilización social para fomentar el respeto a los derechos de las personas mayores de edad con la capacidad de obrar limitada y su mayor integración y normalización en la sociedad.
  8. 8 Fomentar acciones de patrocinio, solidaridad y financiación en el ámbito de la tutela de adultos por parte de empresas y entidades públicas y privadas.